El poder en la época moderna

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Enrique Solano Camón (Universidad de Zaragoza)
Poder y Estado moderno
1903 Pensamiento político en torno al poder Párrafos 16-17 de 17
El Concilio de Trento y el espíritu de la Segunda Escolástica
 
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     Hasta la Dieta de Worms de 1529 Carlos V no había calibrado la magnitud del movimiento reformado. Sin embargo, la concertación de los príncipes luteranos el año 1530 en la liga de Smalkalda, para resistir mediante las armas al Emperador, evidenciaba la envergadura del problema. Carlos V se encontraba ante la ruptura de la cristiandad, mientras que la represión de la herejía se iba a convertir en asunto de los príncipes de los estados católicos, que veían en la expansión de la Reforma un riesgo para la unidad y el poder en sus Estados. El año 1545  se inauguraba el Concilio de Trento con el fin de asegurar la unidad de la fe y la disciplina eclesiástica. Sin embargo, La grave derrota sufrida por el Emperador a manos de Mauricio de Sajonia en Innsbruck (1552), obligaba a Carlos a disolverlo. Cuando el año 1562 se abra la que será la última etapa del Concilio los objetivos se habrán modificado. Lo que se planteaba ahora era una reordenación dogmática y disciplinaria, que habrá de influir en el posterior transcurrir del catolicismo, pero también una actitud política y militante frente a lo que representa el mundo protestante. Con ello, el espíritu de la Contrarreformapasará a prevalecer en la mayor parte de los principales estados europeos del mundo católico.
 
 
 
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     Mientras tanto en España, a lo largo de la primera mitad del siglo XVI, el humanismo cristiano  había ya había puesto de manifiesto una línea de pensamiento propia, en la que iban a descollar dominicos de la talla de Francisco Vitoria (1483-1546), Domingo de Soto (1494-1560) o Melchor Cano (1509-1560), estos dos últimos con un destacado papel en el Concilio de Trento. Ahora, durante la segunda mitad de la centuria, serán jesuitas como Gabriel Vázquez, Luís de Molina o Francisco Suárez los que prosigan la labor realizada por sus antecesores, llevando a cabo una importante reelaboración de la doctrina eclesiástica del derecho natural e internacional. Aunque todavía algunos de ellos sostienen  que el Papa tiene legitimidad para deponer a un príncipe herético, son muchos los que participan de las ideas del cardenal italiano Roberto Belarmino (1542-1621), quien en sus obras (De sumo pontifice, 1586; Tractatus de potestate summi pontifici in rebus temporalibus, 1610) atribuye, en lo temporal, un derecho limitado al Papado ejercido ad finem spiritualem, con el fin de hacer frente a aquéllos que hagan peligrar, en el terreno político, la salud en la cristiandad. Por otra lado, el concepto de respública cristiana poco tiene que ver ahora con ese cuerpo político único de la cristiandad medieval, sino que hace referencia a toda una suma de Estados diferentes y soberanos.
 
 
Poder y Estado moderno
1903 Pensamiento político en torno al poder Párrafos 16-17 de 17
   
Fecha modif. 25-09-2008