Cofradías, Ermitas y Cabildos  

Hontoba
Cofradía y cabildo de San Nicolás
08230001

1518

De la cofradía y cabildo de San Nicolás tenemos noticias en la visita de 1518. Sus bienes eran un cañamar , de 10 celemines de trigo en sembradura y una viña que producía un año con otro 150 maravedíes[159]

 
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1552

Tras revisar sus cuentas, los visitadores ordenaron que se mantuviera un inventario de todos los bienes de la cofradía, y las obligaciones que tenía conforme a los legados recibidos, de que se dijeran ciertas misas por sus benefactores[159].

 
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1556

Nuevamente se revisaron las cuentas de este cabildo, sin observar ninguna irregularidad[159].

 
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1573

En este cabildo tampoco encontraron los visitadores con problema alguno[159].

 
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1577

Su mayordomo alcanzó al cabildo en 3.466 maravedíes en las últimas cuentas,mientras que aquel debía 4 fanegas, 5 celemines y un cuartillo de trigo[159].

 
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1589

El alcance de fue de 1.273 maravedíes, 7 fanegas y 10 c. de trigo en sus últimas cuentas[159].

 

Illana
Cabildo de San Nicolás
08250001

1534

En 1534, el cabildo de San Nicolás poseía 10 viñas y una tierra ("terrezuela")de cuatro celemines de sembradura. Era proveedor del cabildo Mateo Alcalde, encargado de su administración y cuentas. [186]

 
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1541

En el inventario elaborado por los visitadores tras revisar sus cuentas, tan sólo le quedaban tres viñas. [186]

 
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1551

Sus cuentas fueron revisadas con detenimiento, y se rehizo el inventario de sus bienes, que habían aumentado a un total de 16 fanegas de trigo en sembradura y dos viñas. [186]

 
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1555

Sus tierras alcanzaban las 23 fanegas de trigo en sembradura y cuatro suertes de viñas. En el examen de sus cuentas se comprobó que en el período finalizado en diciembre de 1554 los ingresos y gastos habían sido los mismos: 14 fanegas y 4 celemines de trigo, y 17 arrobas y 6 azumbres y medio de vino, siendo su mayordomo Martín Barranquero[186].

 
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1573

Al revisar las cuentas, se encontró un pago en el libro de 3.349 maravedís pagados a Rodrigo Pérez, cofrade, de ellos 2.550 por 46 misas cantadas los sábados, a razón de real y medio cada una, y seis misas rezadas por otros seis sábados a real cada una, y diez reales de cinco pares de oficios, y 204 maravedís de tres pares de oficios, y 85 msaravedís por la misa del día de San Nicolás; 136, de los oficios de la fiesta de San Nicolás; y un real por la misa de la mujer de Martín de Saceda. Sin embargo, los referidos 3.349 maravedís no se le habían pagado a Rodrigo Pérez, y los visitadores ordenan que se le abonen. No dudamos que uno de los motivos de este impago era que en dicho cabildo existían diferencias entre los cofrades clérigos y los seglares por la "pitança" de las misas cantadas, que el cabildo tenía obligación de celebrar todos los sábados. Los clérigos pedían que se pagaran a real y medio cada una, conforme estaba previsto por el ordinario, y los seglares decían que no se debía pagar más de un real. Los visitadores ordenaron que mientras este problema se resolvía en el Capítulo General de la Orden, se pagara cada misa cantada a real y medio, y las rezadas a real. Además fueron informados que el cabildo había encargado un retablo a Cristobal de Soria, pintor que residía en Huete pero que éste había fallecido dejándolo sin acabar. Ante esto, el cabildo había decidido pagar a los herederos del artista el precio de la obra inacabada, y dar el retablo a otro pintor para que lo terminase, pero que no lo habían cumplido porque no tenían dinero. Los visitadores les ordenaron que en cuanto les fuera posible se colocase dicho retablo en la iglesia, pues ya se había colocado una estatua de bulto de San Nicolás en el altar que tenía destinado al santo la iglesia parroquial[188].

 
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1577

Se revisaron las cuentas de este cabildo, sin especiales problemas[188].

 
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1589

En sus últimas cuentas el mayordomo alcanzó al cabildo en 1.728 maravedíes[188].

 

Moratilla
Cabildo de San Nicolás
08270001

1577

Este cabildo, que ya existía en 1573, pues ya fue visitado en ese año, fue nuevamente objeto de inspección. En diciembre de 1576 sus cuentas arrojaron un alcance de 145 maravedíes y 2 fanegas de trigo contra su mayordomo, Pedro Gomez de Fuentelencina. [214]

 
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1589

El alcance de us últimas cuentas fue de una deuda de 7.979,5 maravedíes, que se repartieron entre 23 hermanos, cada uno de los cuales pagó 346 maravedíes[214].

 

Pastrana
Cabildo de San Nicolás
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1541

Los vistadores revisaron los libros del cabildo de San Nicolás, cuyos mayordomos hasta diciembre de 1540 habían sido Antón González y Juan de Buenguchillo, recomendándose, como en los demás visitados, que se cumplieran fielmente las obligaciones de su regla y el asiento de ingresos y gastos en su libro de cuentas. [224]

 

Valdeconcha
Cabildo de San Nicolás
08310001

1541

En el año 1541 se visitó el cabildo de San Nicolás. [235]

 

Yebra
Cabildo de San Nicolás
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1518

El inventario de bienes de este cabildo recogía eran bastante cuantiosos, si los comparamos con otros: 120 pies de olivos, 750 vides, un cañamar de cinco celemines, otro de tres, otro de una fanega y otro sin precisar. Con sus rentas se pagaban misas por los difuntos, y los visitadores agradecieron a los cofrades que el gasto fuera correcto, aunque como en otros cabildos ordenaron que se comprase un libro para las cuentas. Los visitadores fueron informados que los cofrades habían elegido y jurado a un clérigo para alcalde, al que llamaban abad del cabildo. Éste se encargaba de librar y determinar los pleitos y otros aspectos, lo cual según los visitadores resultaba en "deservicio" del rey y de la Orden, y en perjuicio de su jurisdicción, debido a que siendolegos y vasallos de la Orden, no podían tener ningún juez eclesiástico. Les dijeron que no les castigarían porque estaban convencidos de que lo habían hecho por ignorancia, pero les ordenaron que en adelante no osaran volverlo a hacer, y que el próximo alcalde fuera un seglar. Asimismo se ordenó que ningún visitador del arzobispo de Toledo estaba autorizado a visitar ni revisar las cuentas del cabildo, incluso el nombrado abad, si no fuese cofrade, y el acceso a sus cuentas lo tendría como cofrade, no como juez eclesiástico que carecía de autoridad para visitar este cabildo. Los cofrades no se quedaron conformes con lo que habían dispuesto los visitadores, por lo que decidieron apelar ante quien fuera necesario. Por su parte, los visitadores, aunque creían que no les habían causado ningún agravio, aceptaron la apelación del mandamiento anterior, diciéndoles que se presentasen ante el rey y el capitulo general de Calatrava, donde se determinaría lo más conveniente para todos. [247]

 
08320002

1518

Hubo otro enfrentamiento bastante grave entre el cabildo y los visitadores. Cuando éstos quisieron examinar el libro de cuentas y propios del cabildo, se les negó, porque su procurador alegaba que los visitadores no tenían ningún derecho a entrometerse y a examinar las cuentas, pues hasta ese momento nadie había visitado el cabildo. Los visitadores respondieron que mientras no presentasen el libro de cuentas, no podrían salir de donde estaban, bajo pena de 50.000 mrs. a cada uno de los infractores.

 
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1518

Ante esta actitud, bastante enérgica por parte de los visitadores, que tenían presos a los cofrades, su procurador se presentó ante ellos, y les comunicó que no disponían ni de libro ni de cuenta alguna, porque era el abad del cabildo el que lo tenía en su poder. Por tanto les debían liberar para que pudieran apelar contra dicho mandamiento. Los visitadores denegaron la apelación, y ordenaron que puesto que no tenían ni libro ni cuentas, hicieran un inventario de los bienes que poseía el cabildo para que ellos proveyeran lo que creyesen necesario. También pidieron comprobar si esta hermandad poseía 120 pies de olivas y 4 cañamares en los que cabría: 2 fanegas de trigo, 3 celemines de trigo y 5 de cáñamo, más 750 vides.

 
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1518

A continuación dieron las recomendaciones usuales, que comprasen el libro para asentar las cuentas y que oficiasen las misas que debían: "Yo frey Iñigo de Arroyo, comendador de la villa de Daymiel e Xetar de los Bodonales e frey Alonso Valençuela, capellán de su Alteça, vysytadores generales de la Horden y cavallería de Calatrava, por el muy alto e muy poderoso el rey don Carlos, nuestro señor, administrador perpetuo de la dicha Horden y cavallería, fazemos saber a vos el cabildo, peostres, e mayordomos y procurador del cabildo de San Nicolás de la villa de Yebra e confrades del dicho cabildo según que de yuso vays nombrados, que por nuestro mandado, a seydo rrequerido el procurador yemayordomo del dicho cabildo a que oviese de traer el libro de las quentas e propios del dicho vuestro cabildo para lo ver y vysytar, so ciertas penas contenidas en el dicho nuestro mandamiento, lo qual no an fecho ni conplido, e por mayorr abondamiento mandamos dar e dimos este nuestro mandamiento para vos por que vos mandamos de parte de su Alteça e Horden, que dentro de tres días primeros syguyentes enbiéys e traygáys ante nosotros el dicho vuestro libro e quentas del dicho cabildo e propios, para que por nos será vysto e vysytado, so pena de dos mill maravedís a cada uno de vos, en los quales vos avemos por condenados lo contrario faziendo, para la cámara e fisco de Alteça la mitad, y la otra mitad para las obras públicas de la dicha villa, fecho a veynte e syete días del mes de mayo de mill y quinientos diez y ocho años. E los confrades son estos, Pedro Fernández de la Parra, Pedro Nieto, mayordomo, Blas Batres, Sancho López, Antonio García, Andrés Azeytero, Martín Díez, Juan García de Sancho García, procurador, Juan Sánchez, Jorge Carnicero, Pedro Sánchez del Arco, Pedro Fernández Calvo, Juan García de las Cuevas, Juan Sánchez de las Heras. E so la dicha pena vos mandamos que parescáys do quier que seamos con el dicho libro dentro del dicho término. Fecho ut supra. Frey Rrodrigo de Arroyo, frey Alonso de Valençuela, por mandado de los señores vysytadores Pedro de Soria, escrivano.... E después de lo suso dicho, en el lugar del Pozo, a veynte e nueve días del mes de mayo de mill y quinientos y diez y ocho años, ante los señores vysytadores paresçió presente Juan García de Sancho García, veçino de la villa de Yebra en nombre y como procurador del cabildo de San Nycolás de la dicha villa, y presentó un escrito de apelaçión, su thenor del qual es este que se sygue: Muy nobles señores... ... Juan García de Sancho García, procurador que soy del cabildo de San Nicolás de la villa de Yebra, paresco ante vuestras merçedes en nombre de los confrades de dicho cabildo alegar de su derecho contra un mandamiento que vuestras mercedes dieron contra los dichos confrades cuyo thenor avydo aquí por rrepetido en todo lo nesçesario digo en dicho nombre, hablando con el acatamiento que debo, que vuestras merçedes no pueden ni deuen entrometerse a visitar los propios y quentas del dicho cabildo, por rrazón que fasta el día de oy los vysytadores que an seydo de la dicha Horden ni otros visytadores algunos an visytado el dicho cabildo ni las quentas ni propios dél, por ser como es cosa de voto y deuoçión del bienaventurado San Nicolás, la qual se perdería sy vuestras merçedes o otros qualesquier viysytadores se quisyesen entremeter e ocuparse en tal cosa. Yten, porque el poder que vuestras merçedes tienen de su Alteça solamente da facultad que vysytéys aquellas cosas que los visytadores pasados acostunbraron vysytar, e pues asy es que el dicho cabildo de San Nicolás jamás fue vysytado según que es dicho por ningunos vysytadores, el dicho poder no se entiende ni da facultad a vuestras merçedes para yntentar ni entender en la dicha vysytación, por lo qual a vuestras merçedes pido e suplico mandéys rreponer e rreuocar el dicho mandamiento, e lo contrario haziendo protesto de lo querellar a su alteza, e allí donde puedo y devo de derecho e pídolo por testimonio al presente escribano. El qual dicho escrito presentó ante lo señores vysytadores, el dicho Juan García de Sancho Garçía, estando presentes Pedro Fernández Calvo, Juan Sánchez, Pedro Sánchez del Arco, Juan Garçía de Sancho Garçía, Jorge Martínez Carniçero, Andrés Aceytero, Juan García de las Cuevas, Antonio García, Gonzalo López, Juan Sánchez de las Heras, todos hermanos y confrades del cabildo, los quales y cada uno dellos dixeron que dezían lo contenido en el dicho escrito. Testigos Juan de Ayllón e rús González, veçinos de Daymiel. Los dichos señores visitadores dixeron que todavýa les mandavan dar la quenta del dicho cabildo, y mostrar su libro, e les mandaba que no saliesen del dicho lugar fasta que lo diesen, so pena de cada çinquenta mill maravedís para la cámara e fisco de su Alteza, e demás que fuesen tras ellos enla dicha visytaçión, fasta en tanto que la diesen la dicha cuenta e mostrasen el dicho libro, porque lo querían ver y visytar, e asy conplía al serviçio de su Alteça, testigos los suso dichos. E después de lo suso dicho, este dicho día, mes e año suso dicho, los dichos procurador e confrades paresçieron ante los dichos señores vysytadores, e dixeron que ellos no tenyan libro ni quenta alguna, porque lo tenía el abad del dicho cabildo, que era el teniente de cura de la dicha villa, que por esto sus merçedes los devuan dar por libres, e apelavan del dicho mandamiento, e pena suso dicha para ante quien con derecho deviesen, e los dichos visistadores les denegaron la dicha apelaçión. E los dichos señores vysytadores dixeron que pues no tenían ni libro ni quenta que pusyesen ante ellos los bienes por ynventario del dicho cabildo, porque ellos querían mandar proveer sobre ello lo que fuese justiçia. Testigoslos dichos. E luego, los dichos procurador e confrades del cabildo pusyeron por ynventario los bienes del dicho cabildo, y la forma en que pasó el dicho ynventario y vysytación ante los señores visitadores. es lo siguiente..." [248]

 
08320005

1518

A partir de este enfrentamiento producido en 1518, no volvemos a tener noticias del cabildo en las restantes actas de visita del siglo XVI. No sabemos a qué será debido, pero creemos que el asunto debió empeorar cuando la cofradía de San Nicolás no volvió a ser examinada por los visitadores. ¿Tal vez ganaron los cofrades de San Nicolás, o fue suprimida dicha cofradía como castigo a su actitud?. No podemos dar una respuesta, pero sí, por lo menos, hemos reflejado en este testimonio, uno de los mayores obstáculos con el que tuvieron que enfrentarse los visitadores, en el cumplimiento de su cometido.

 
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