Illana

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Almonacid, Hontoba, Fuentelencina, Illana, Yebra, Hueva

Todas las localidades que pasaron a manos de señores particulares dejaron de ser visitadas por las autoridades de la Orden de Calatrava, que se concentraron en los pueblos que todavía seguían bajo su autoridad. Estos pueblos llegaron a pagar cantidades importantes de dinero para no ser enajenados de la jurisdicción de la Orden, como está documentado para Almonacid de Zorita, que desembolsó dos millones de maravedíes (en torno a 5.000 ducados), Fuentelencina (1.232.000 mrs.) Hontoba (1.100 ducados), Hueva (1.000 ducados), Illana y Yebra, con lo cual el efecto recaudatorio que pretendía la Corona se consiguió igualmente[2]. En lugar de halagar a un individuo deseoso de exhibir el título de señor de vasallos, los vecinos de los pueblos que no se dejaron vender tuvieron que rascarse el bolsillo para seguir manteniendo su independencia, cuando no hipotecando las rentas de propios y descuidando con ello las obligaciones de mantener los bienes públicos de los pueblos afectados durante los años en que se devolvía la deuda.

 

 


Almonacid, Borox, Berninches e Illana cárcel

En todas estas localidades, según las visitas, existía una cárcel.

 

 

1494
Illana, Vállaga casa

El comendador de Vállaga, frey García Pérez de Medina, por licencia obtenida en el capítulo general de Calatrava celebrado en Santa Fe de Granada, había empleado treinta mil maravedises en adquirir casas en Illana, la localidad más próxima a Vállaga, pues en el lugar de asiento la encomienda ya no había población. Las compras que hizo no eran de suficiente calidad para un comendador, a juicio de los visitadores, pero las completó y parecía ahora que eran adecuadas. Adquirió una casa a Martín de Rincón, junto a la picota de Illana. Además compró otra casa, situada bajo la audiencia y junto a la del capellán Diego Martínez, vecino de Illana, que le serviría como establo. Completó sus propiedades en la villa con un cortinal cercado, junto al tejar, con capacidad de fanega y media de cebada.[1].

 

 

1499
hornos

Los vecinos disponían de dos hornos de pan cocer, uno de ellos en buen estado, pero en el de la Umbría estaban a punto de hundirse las paredes que lindaban con la casa de Bartolomé Barranquero, además de que tenía necesidad de una chimenea[138].

 

 

1499
molinos

Solamente se conoce en este año la existencia de un molino de aceite, perteneciente al cabildo de Nuestra Señora de la Asunción, ubicado junto al puente de las Heras. Los visitadores encargaron al prioste de dicho cabildo la reparación de una parte de su tejado[138].

 

 

1499
Illana, Vállaga casa

El comendador frey García Pérez de Medina había iniciado obras en la casa adquirida para su alojamiento, añadiendo una cocina con su chimena. Sin embargo los visitadores consideraron conveniente enlucir dicha cocina, y que se le colocasen puertas en lo alto y bajo, con lo que se indica que debía tener un sobrado o piso superior. Además ordenaron que se colocasen en la puerta principal "vnas buenas puertas de pyno con su buena clauazón, como conuiene para casa de cauallero, porque las que aora están no son tales como es rrasón"[65].

 

 

1499
pilones fuentes y lavaderos

Las "cámaras de la fuente y el pilar" que abastecían de agua a la población de Illana se encontraban limpias y en buen estado[138]

 

 

1499
calles

Como en otros pueblos, en Illana había muchas cuevas y alguna entrañaba peligros para los vecinos y su ganado. Los visitadores habían ordenado a Diego García Tarancón cerrar con una bóveda una cueva de su propiedad situada en la Umbría, para que pudieran pasar por encima libremente los animales, o en su defecto la cerrase en el plazo de un mes, bajo pena y ejecución de la obra por el concejo de Illana a costa del propietario, y señalando una pena adicional de seiscientos maravedíes a los alcaldes si no se cumplía[138].

 

 

1499
audiencia

En la audiencia todavía no se veían las armas reales y las cruces de la Orden de Calatrava, que ya se había ordenado pintar, "de mano de buen maestro", blanqueándola primero[132].

 

 

1499
picota

Deteriorada, precisaba de mástil, devanaderas de madera y gradas, en una situación que se arrastraba desde tiempo atrás, según reiteraron los visitadores en su orden de reparación[138].

 

 

1502
heredades

Estaba prohibido por provisiones antiguas de los maestres de Calatrava y que se recogían en los mandamientos de los visitadores, que los habitantes de la provincia de Zorita vendieran sus heredades a personas que no tuvieran que tributar, ni pagar derechos por ellas, por la sencilla razón de que evitando tales ventas se protegían los intereses de los vasallos pecheros de la Orden. De esta manera no se les cargaría con más tributos de los que ya acostumbraban a pagar, pues todas las propiedades que cambiaran de dueño seguirían contribuyendo igual que antes. El encargado de castigar a quienes no cumplieran esta prohibición de vender a exentos era el gobernador. Este mandamiento, sin embargo, tenía como excepción que aquel caballero o persona perteneciente a la Orden de Calatrava que quisiera comprar alguna cosa para dejársela a la Orden, podía hacerlo. Este es el motivo de que los visitadores en Illana, en 1502, obligaran a su concejo a redimir del pecho al vecino que vendió una casa en el pueblo al comendador de Vállaga y Algarga para que allí estableciera su residencia, puesto que seguían reclamando el impuesto al antiguo propietario[1]. Respecto a esta excepción hubo una protesta por parte del Común de Zorita, en el año 1510, porque si se vendían bienes a caballeros de la Orden, la parte de contribución que antes reacaía en sus dueños, al quedar exentos, habría que repartirla entre los restantes pecheros del lugar[2].

 

 

1502
hornos

El horno de la umbría seguía sin reparar su chimenea, además del daño que provocaba la existencia de una pocilga colocada junto a una de sus paredes, que se ordenó retirar de allí[138].

 

 

1502
calles

El barranco de la Umbría estaba peligroso, pues el agua socavaba los cimientos de las casas situadas a uno y otro lado. Los visitadores ordenaron rellenarlo de madera, piedra y lo que fuera para evitar el derrumbamiento de las casas situadas junto al barranco[138].

 

 

1502
caminos

Los visitadores mandaron cerrar un camino nuevo abierto entre hazas y heredades de cultivo que tenía como finalidad evitar el pago del portazgo a quienes estaban obligados a ello[17] .

 

 

1510
Fuentenovilla, Escariche, Illana propios

Con cargo a la renta que producían los bienes de propios algunas localidades pagaban otros impuestos, como el encabezamiento de alcabalas. Este es el caso de Fuentenovilla y Escariche en 1510, donde los visitadores observaron además que estaba pendiente de pago el terrazgo que cobraba la mesa maestral de Calatrava, así como que muchos vecinos no pechaban por sus propiedades, al haberlas comprado, y no estar en el padrón. Se ordenó realizar un nuevo registro de fincas para solucionarlo. Por otra parte, determinadas tierras, como eran las denominadas de la iglesia de San Blas, estaban mal delimitadas y se ordenó deslindarlas. Además, podría romperse el prado que tenía el concejo y convertirlo en pegujal, o labrantío de pequeño tamaño, del que se podría sacar el importe del terrazgo que no se estaba pagando a la mesa maestral. Los visitadores también censuraron que se estuviera abonando el salario del barbero con cargo a los propios, o como en Illana, que se abonaban excesivas gallinas como presentes que no estaban autorizadas[51].

 

 

1510
audiencia

Todavía no estaban pintados en la audiencia los escudos reales y de la Orden de Calatrava con sus trabas, y se reiteró el mandamiento de la visita anterior[132].

 

 

1510
picota

Había que trasladar la picota hasta la parte de atrás de la casa de la encomienda, allanando la plaza en su entorno[138].

 

 

1510
hornos

Los dos hornos de la localidad continuaban en un estado bastante precario, pues se ordena de nuevo ponerles chimeneas, enlosar sus suelos, colocar tablas para que las mujeres amasaran el pan, y unas puertas con cerraduras, para que nadie tuviera acceso salvo las horneras o las que iban a cocer [138].

 

 

1510
puentes

El puente de la Solana necesitaba reforzarse con yeso por debajo, y que se colocasen unos antepechos por encima, bien anchos, construidos de yeso, para que "no puedan caer criaturas ni bestias de la puente". El puente de las Heras estaba hundido en ambos extremos, y necesitaba también un pretil para evitar caídas. También se ordenó hacer de cal y canto una pared donde pasaba una senda cerca de la unión del arroyo de la Umbría con el arroyo grande, de manera que el agua no se la pudiera llevar. También en el arroyo de Valdeperales se ordenó hacer una pared ancha y alta, para que no la destruyera el agua, de una orilla a otra, de manera que echando estiércol los vecinos fueran cegando el paso. Otra pared de cal y canto era necesaria junto a la casa de la Barbera, porque el barranco se hundía y era peligroso, y lo mismo se ordenó en una calle, donde el agua había provocado un saocavón, que había que rellenar[175] .

 

 

1510
cámara del ayuntamiento

Se ordenó cubrir de "cabo a cabo" la cámara del concejo, que estaba sobre la carnicería, y también cerrar unos arcos que había hacia la parte del arroyo, obras que continuaban sin realizarse muchos años después[65].

 

 

1510
herrería

En la herrería, situada junto al hospital, se ordenó cerrar una puerta que daba acceso a éste, para que nadie pudiera entrar por allí al hospital[175].

 

 

1510
hospital

El hospital lindaba con la casa de herrería, y se ordenó reformarlo, de manerq eu una parte pudiera quedar para casa de una nueva herrería, cuando la hubiera, y su corral quedar cerrado, para que de noche no pudieran entrar animales o personas. Se encontraba a cargo del cabildo de Nuestra Señora Santa María, y se ordenó que sus cuentas se asentaran en el correspondiente libro. Aparte delmolino de aceite, también recibía el vino del noveno de Vállaga. [175].

 

 

1510
molinos

En el molino de aceite se observó la necesidad de trastejar su cubierta[138].

 

 

1518
Illana, Vállaga casa

La visita efectuada a la encomienda de Vállaga fue realizada en Illana, donde residía su comendador frey Garci Pérez de Medina. Sus bienes eran los siguientes[65]: - unas casas de aposento, compradas recientemente, junto a la plaza de Illana, con un corral anejo - otro cuerpo de casas en Illana, situadas debajo de la audiencia, frente a las otras, y sobre ellas "cuatro suertes" de cámaras; en ambas casas los visitadores recomendaron mejorar su estado - cortinal cercado que solía ser huerto, cerca del tejar, de 3 fanegas de sembradura - solar de casa en Vállaga - serna del Chaparral en Vállaga, de 120 fanegas de sembradura - hazuelas de viñas en el término de Vállaga, en el CAostaqzo, de unas veinte peonadas - serna de tierras "cabo el carvonil", de 25 fanegas de smbradura - dehesa de Algarga

 

 

1534
montes

El régimen de montes a nivel general tuvo diferentes efectos según las zonas. En Illana, en el año 1534, los visitadores comprobaron no tenía ordenanzas por las que regirse para ejecutar las penas que debían poner los guardas, ya que por lo visto, se habían perdido las ordenanzas antiguas. Ante este hecho los visitadores mandaron que se buscaran, y en caso de no encontrarlas, se reuniera el concejo en ayuntamiento, nombrando ocho personas, que hicieran las ordenanzas bajo juramento, imponiendo penas que fuesen moderadas; y una vez hechas se enviaran al Consejo de órdenes, para que las confirmaran, aprovechando para ello que el procurador del concejo tuviera que ir a atender otros asuntos: "Fuimos informados que no tenéis ordenanças por donde os rrijáis para la execuçión de las penas de los ganados y bestias que hacen daño en panes e viñas e olivares y otras heredades, lo cual es muy mal fecho que en vn pueblo honrrado como éste eswtéys sin ordenanças ni rrazón por donde por donde los que hizieren daño sean penados ni castigados, y porque es muy justo que los panes e viñas e olivas e otras heredades sean guardadas, de parte de su Magestad e Orden mandamos a vos los offiçiales que la presente soys, que hagáys buscar las ordenanças viejas que en esta villa solíades tener, para que aquéllas se guarden e executen, y si aqueéllas no halláredes, hagáys guardar y executar las otras que después dellas se hizieron, y assimismo mandamos a los officiales que serán el año venidero que las dichas ordenanças nuevas hagan guardar y executar, en defecto de no paresçer las otras, lo qual fazed e cumplid los dichos offiçiales que al presente soys y los del ao venidero, y los que serán de quí adelante, so pena de cada çinco mill mrs. para la Cámara y fisco de su Magestad, y si ninguna vnas ni las otras ordenanças no paresçieren, vos mandamos que vos juntéis en vuestro ayuntamiento, y señaléis ocho personas dél y rreçibáis juramento en forma dellos, y aquéllos hagan las ordenanças que çerca dello vieren que convienen y ponyendo en ello penas moderadas, y tales que por temor dellas se escusen de hacer los dichos daños. Y fechas las dichas ordenanças , las enviad al Consejo de su Magestad de las Órdenes, para que las vean y confirmen, las quales enviad cuando vuestro procurador fuere a entender en los otros pleitos que tratáis, por manera que el camino no sea sólo este efecto, las quales dichas ordenanças que así avéys de fazer mandamos que se hagan dentro de quinze días primeros siguientes, so pena de çinco mill marauedís para la Cámara y fisco de su Magestad..." [8]

 
     
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