Introducción

Evolución histórica

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Aclaraciones previas
 


Durante la baja Edad Media la mayor parte de la comarca en torno al valle del río Tajo en la actual zona S.O. de la provincia de Guadalajara estuvo incluida en el territorio dependiente de la orden militar de Calatrava desde la donación de Zorita por Alfonso VIII en 1174, que se constituyó en núcleo principal de una provincia[1]. La organización del territorio se articulaba en el caso de las órdenes militares mediante las encomiendas, que correspondían a un núcleo de propiedades y derechos con los que mantener una posición relevante mediante un caballero de la orden, que recibía el título de comendador. En ocasiones el comendador debía sufragar los gastos de un castillo y tenerlo en perfecto estado de uso, pero la decadencia de muchas de las fortalezas medievales hacían muy difícil su conservación. Lo mismo ocurría con la obligación de los mendadores de tener preparados un determinado número de "lanzas" o soldados bien pertrechados, exigencia que se sustituyó con el paso del tiempo por un mero pago en dinero. La realidad a finales del siglo XV era que la mayoría de los comendadores se ocupaban de mantener los edificios destinados a su residencia personal, además de otras casas e instalaciones que servían para su arriendo o explotación económica, junto a las fincas rústicas que suponían la mayor parte de los ingresos que recibían de sus encomiendas.

 
 


Cuando los Reyes Católicos recibieron las bulas que les capacitaban a ejercer la autoridad política y eclesiástica de los maestres, un extenso territorio que ocupaba amplias zonas de la Mancha, Extremadura y Andalucía, y de menor extensión al norte del Tajo y en otros reinos fuera de Castilla, en la Corona de Aragón, se incorporó a la administración directa de la monarquía. Fue necesario crear el Consejo de las Órdenes Militares, cuya existencia administrativa con sustancia duraría hasta el siglo XIX, cuando las desamortizaciones y la extinción de los señoríos acabaron con el dominio territorial las órdenes castellanas de Santiago, Calatrava y Alcántara y otras como Montesa o San Juan, que en su fundación sirvieron como instrumentos de apoyo a la extensión de la fe católica frente a los musulmanes en la Península Ibérica.

 
 


La provincia de Zorita estaba entonces formada por un núcleo territorial en torno a la fortaleza de la que tomaba el nombre, que había decaído mucho especialmente en el siglo XV, permitiendo la expansión de localidades cercanas, como Pastrana y Almonacid. La Orden había colocado ya la figura del gobernador del partido, un delegado destinado a vigilar a los comendadores, así como a las autoridades locales de cada pueblo, conforme a la dualidad de las leyes castellanas y las de Calatrava. Era un sistema de suplir la autoridad del maestre, que ahora era la propia de los Reyes Católicos, pero sometida a un sistema especial de privilegio o leyes privativas que debían guardar la naturaleza eclesiástica y la tradición de la Orden.

 
 


A finales del siglo XV existían entonces varias encomiendas en este partido: la de Zorita como cabeza, con las otras tres de Auñón, Berninches y el Collado; Almoguera; Vállaga y Algarga. A estas cuatro habría que añadir la de Otos, Ciruelos y Borox, también junto al Tajo, en la actual provincia de Toledo y la de Huerta de Valdecarábanos, próxima a ésta. La asistencia religiosa a las personas de la Orden se proporcionaba desde el priorato de Zorita, con un prior a su frente. Como se observa, los nombres de las encomiendas provenían de la situación geográfica de sus fuentes de ingresos, que podrían repartirse entre una o más localidades, o incluso tener el nombre de despoblados, como ocurría con la de Vállaga, junto al pueblo de Illana.

 
 


Los comendadores, como indicamos, estaban obligados a mantener los bienes y derechos recibidos de la Orden, que disfrutaban durante toda su vida, o hasta que mejorasen su encomienda por otra de mayores ingresos. Pero la Orden necesitaba vigilar el complimiento de estas obligaciones, así como verificar que su territorio jurisdiccional se gobernaba con equidad y de acuerdo a la ley, ya que muchos de los comendadores tenían la facultad de nombrar a las autoridades de los pueblos integrados en sus encomiendas. Aunque esta última función fue asumida paulatinamente por el gobernador del partido, era necesario una vigilancia sobre todos ellos, que se puso en práctica mediante el sistema tradicional que empleaban las órdenes militares: las visitas.

 
 


Las visitas, cuyo contenido se tratará en el capítulo específico que dedicamos a sus estructuras documentales, tenían como objetivo primero la revisión de los bienes y derechos propios de la Orden, esto es, las propiedades privadas de Calatrava, cuyos titulares eran comendadores, o cargos de mayor rango como el clavero o el maestre. Sin embargo, también se visitaban los pueblos y se vigilaba la actuación de las autoridades locales, los concejos, que debían velar por el buen gobierno tanto en la financiación de las necesidades públicas, normalmente mediante la explotación de los bienes de propios, como de los aprovechamientos comunales. Este aspecto de las visitas, que al realizarse mediante inspectores externos, los visitadores, coincide con la dinámica de los juicios de residencia que se aplicaban sobre todas las autoridades con delegación del poder del rey, son una fuente muy rica de noticias sobre múltiples aspectos de la vida cotidiana en todo este territorio durante el siglo XVI.

 

Las desamortizaciones del siglo XVI
 


Sin embargo, aunque se hayan conservado con bastante suerte infinidad de actas de visitas a los pueblos de esta zona geográfica, los acontencimientos históricos del siglo XVI fueron reduciendo las dimensiones del partido Calatravo en estas tierras alcarreñas y del valle del Tajo. Las necesidades de dinero en efectivo del emperador Carlos y de su hijo el rey Felipe II, junto a las licencias de la Santa Sede para enajenar bienes de la Iglesia, recortaron sensiblemente el territorio de Calatrava. La mayor parte de la provincia desapareció, y tan sólo quedó una encomienda y ocho pueblos[1].

 
 

1538
Almoguera, Driebes, Mazuecos, Pozo , Brea de Tajo, Fuentenovilla.

La jurisdicción sobre Almoguera y su tierra, compuesta por las localidades de Albares, Brea de Tajo, Driebes, Mazuecos, Pozo de Almoguera y diversos despoblados fue adquirida por don Luis Hurtado de Mendoza, segundo marqués de Mondéjar, quien compraría poco más tarde también la de Fuentenovilla.

 
 

1541
Pastrana, Escopete, Sayatón

Doña Ana de la Cerda, condesa de Mélito, adquirió la jurisdicción sobre estas localidades, una vez que habían sido desmembradas del territorio de la orden de Calatrava en 1539. En 1543 se redondeó el poder de la nueva señora con la compra de los derechos de las alcabalas y tercias, impuestos que correspondían al rey, sobre los tres pueblos[1].

 
 

1541
Valdeconcha

El obispo de Oviedo, don Tristán Calvete compró la jurisdicción de Valdeconcha en diciembre de 1541.

 
 

1547
Escariche

Nicolás Fernández Polo consiguió la jurisdicción sobre la población de Escariche.

 
 

1539
Huerta de Valdecarábanos

Los derechos que tenía Calatrava en esta localidad fueron vendidos a don Álvaro de Loaysa en 1539[1].

 
 

1557
Aldovera, Albalate, Illana

Las localidades de Albalate de Zorita e Illana adquirieron el despoblado de Aldovera, situado entre ambas villas, para término común[1].

 
 

1566
Zorita, Albalate

Rui Gómez de Silva , príncipe de Éboli, adquirió de la orden de Calatrava la jurisdicción de Zorita y de Albalate, junto a la de La Zarza -hoy Zarza de Tajo-, que pertencía a la orden de Santiago, para ampliar el dominio que ya tenía sobre Estremera y Valdaracete.

 
 

1569
Pastrana, Escopete, Sayatón

El príncipe de Éboli consigue de los herederos de doña Ana de la Cerda todos los derechos que tenían sobre la jurisdicción, alcabalas y tercias de Pastrana, Escopete y Sayatón.

 
 

1572
Auñón, Berninches

El tesorero general Melchor de Herrera compra los bienes y derechos que eran de la encomienda de Auñón y Berninches, consiguiendo más adelante el título de marqués de Auñón.

 
 


Almonacid, Hontoba, Fuentelencina, Illana, Yebra, Hueva

Todas las localidades que pasaron a manos de señores particulares dejaron de ser visitadas por las autoridades de la Orden de Calatrava, que se concentraron en los pueblos que todavía seguían bajo su autoridad. Estos pueblos llegaron a pagar cantidades importantes de dinero para no ser enajenados de la jurisdicción de la Orden, como está documentado para Almonacid de Zorita, que desembolsó dos millones de maravedíes (en torno a 5.000 ducados), Fuentelencina (1.232.000 mrs.) Hontoba (1.100 ducados), Hueva (1.000 ducados), Illana y Yebra, con lo cual el efecto recaudatorio que pretendía la Corona se consiguió igualmente[2]. En lugar de halagar a un individuo deseoso de exhibir el título de señor de vasallos, los vecinos de los pueblos que no se dejaron vender tuvieron que rascarse el bolsillo para seguir manteniendo su independencia, cuando no hipotecando las rentas de propios y descuidando con ello las obligaciones de mantener los bienes públicos de los pueblos afectados durante los años en que se devolvía la deuda.

 
         
El partido calatravo de Almonacid