El aprovechamiento de los términos

El ganado y las heredades

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El paso
 



Almoguera, Auñón

El ganado que se desplazaba para alimentarse por los términos era también fuente de conflictos. En esta zona no existían las importantes dehesas de invernadero que la Orden de Calatrava tenía en la Mancha [1]. La mayor parte del ganado de la zona era estante. El aumento de la población durante este siglo XVI junto a la imposibilidad de ampliar las tierras cultivables necesarias, exigía el desmonte del arbolado, y la consiguiente merma del terreno disponible para pastos. En las respuestas a las Relaciones Topográficas, así se expresaban algunas localidades, como Almoguera y Auñón[2]. Estas tensiones se reflejaban en cuestiones como el cerramiento de fincas, que señalan los visitadores o enfrentamientos entre localides vecinas que compartían sus montes. Las comunidades de pastos eran frecuentes, como la que se estableción entre Almonacid y Zorita.


[1] LÓPEZ-SALAZAR PÉREZ, J.: Mesta, pastos y conflictos en el Campo de Calatrava (s. XVI). Madrid:CSIC, 1987. No obstante, existían algunas fincas grandes aprovechadas para alquilar sus pastos, como las de la encomienda de Vállaga y Algarga, en término de Illana. [2] MARTÍN GALÁN, M.: La población en la provincia de Guadalajara. siglos XVI-XVIII. Tesis Doctoral inédita, defendida en la Univ. Complutense, Fac. de Geografía e Historia, Madrid, 1982, p. 282-283.

 
 



Eran constantes los mandamientos dados por los visitadores dando tal recomendación, sin embargo hemos podido comprobar que muchos no la seguían, para así beneficiarse de las multas que se imponían a los dueños de los ganados que destruían sus frutos. Ante esta situación los visitadores se vieron en la necesidad de comunicar a los dueños de las heredades, que si no las cercaban, tendrían que pagar ellos mismos los desperfectos que pudieran ocasionar los animales: "Fui informado que las haças y huertos que están çercanos a la casa de logar, por no estar çercados, tienen problemas con las alimañas, os mandamos que qualquier que tuviere las dichas heredades y huertos, las çerquen, en manera que no puedan entrar las alimañas, si algund daño se hiçiere, sea a cargo de aquellos que no lo çercaran..." [27]


[27] A.H.N., OO.MM. ,leg. 6108, nº 1, f. 28r. Escariche, 1491.

 
 


1499

Yebra, Escariche

Tanto en Yebra[27] como en Escariche[28] ante las quejas de que los cerdos y otras "alimañas" entraban en los huertos y hazas cercanas a la población, se ordenó que se cercasen convenientemente con tapias, valladares o tapias para evitar el paso al ganado.


[28] A.H.N., OO.MM., leg. 6108, nº 1, f. 21v, 2 de agosto de 1491. [29] A.H.N., OO.MM., leg .6108, nº 1, f. 28r-v, 6 de agosto de 1491.

 
 


1499

Yebra

Los dueños de las heredades debían contribuir a paliar la situación de destrucción que ocasionaba el paso de los ganados, cercándolas. Así en Yebra en la visita de 1499 se recomendó a sus vecinos cercar los huertos, especialmente si querían gozar de la vez del agua de riego, derecho al que no accederían sin haber delimitado convenientemente sus terrenos[26].


[26] A.H.N., OO.MM., leg. 6109, nº 46, fol. 35v.

 
 


1502

Almoguera

Los visitadores ordenaron que se alzasen las tapias que separaban las "hazas de alcaçer y herreñales" que se extendían desde el pueblo hacia la peña que está "de cara Tajo". Algunos vecinos que se negaban a delimitar sus fronteras, incluido el mayordomo del comendador de Almoguera en tierras de la encomienda, fueron obligados a cercar sus fincas. Lo mismo se aplicó a los dueños de heredades situadas junto al camino desde la iglesia de Santa María hasta el valle, y desde las carboneras a dicha iglesia, para evitar el paso de los ganados a los cultivos, en la parte que lindaba con el camino real, y lo mismo en los caminos "hasta la peña la Sierpe" y en el "Val de Alvares"[127].


[127] A.H.N., OO.MM., leg. 6110, nº18, f 227 r-v.

 
 


1510

Fuentenovilla

Los visitadores prohibieron a los dueños de ganados que hicieran puentes para cruzar las acequias, pasando entre los huertos, pues deberían conducir sus animales sin salirse del camino real[50].


[50] A.H.N, OO.MM., leg. 6108, nº 2, f. 129v-130r

 
 


1510

Yebra

Muchos huertos seguían sin cercar. Si en la plazo ordenado por los visitadores no se había concluido el cierre, en caso de que algún ganado penetrara en huertos abiertos, los dueños de las tierras habrían perdido el derecho a reclamar los daños producidos[127].


[127] A.H.N., OO.MM., leg. 6108, nº2 f.114 r

 
 


1534

Yebra, Fuentenovilla, Albares, Pozo, Fuentenovilla, Hontoba, Valdeconcha

Muchas fincas seguían sin cercar, inconveniente que acarreaba la entrada del ganado a comerse los cultivos, especialmente todas las situadas junto a las casas, puesto que por fuerza el ganado pasaba junto a ellas al entrar y salir de los pueblos.[26].


[26] A.H.N., OO.MM., leg. 6108, nº 5, f. 229 v, f. 284r.-284v.; f. 252 r-v.; 273v-274 r., 283 v - 284 r.; f. 299 v-300 r.; f343 v.

 
 


1552

Fuentelencina

Durante la visita, los dueños de ganados de ¨Fuentelencina se quejaron que en los ejidos de la villa se hacían muladares y se tendía "pelota de cabra", lo que provocaba que la hierba no naciera en los lugares donde se alimentaban los animales de labor y el ganado. Se prohibió desde entonces esta práctica: "en los exidos do dizen los albollones, en toda la cuesta del camino arriba hasta la puerta de la Huente suso, ni en la cuesta que dizen de los Canbrones, ni en toda la buelta de la cuesta de San Valentín, sy no fuere junto al camino, al pie de la dicha cuesta de San Valentín, ni puedan thender pelota de cabras sy no fuere en los caminos, ni puedan echar maçacote sy no fuere en la cava de Carrapeñalver,... so pena de dozientos maravedís a cada vna carga, y la misma pena ayan los que hizieren muladadres y tendieren pelota de cabras"[127].


[127] A.H.N., OO.MM., leg. 6112, nº 11.

 
 


1555

Albalate

Los propietarios de las fincas situadas en la vega junto al arroyo que nacía en Fuen Mayor, se quejaban de que pasaban por allí los dueños de ganados, produciendo daños en los huertos. Se pidió que sacaran el ganado y los cerdos por otros caminos, como el que iba hacia Huete, o hacia la ermita de Santiago, y que no entrasen por el denominado de "la cuesta de Don Viviente"[127].


[127] A.H.N., OO.MM., leg. 7046, 7 (antiguo Archivo Secreto nº 66, 2).

 
 


1557

Fuentelencina

La suciedad en los egidos de la villa parecía mantenerse desde la visita previa a ésta, repitiéndose los mismos términos y lugares que quedaban prohibidos para hacer muladares o "tender pelota de cabra". [127]


[127] A.H.N., OO.MM., leg. 6112, nº 18.

 
 


1557

Hueva

El procurador de Hueva expuso a los visitadores que en los plantíos de viñas y olivares situados en los pagos de Mirabueno, el Navajo Hernando y en Carrapastrana, hasta el camino de Ranera, entraban los ganados mayores y menores, destruyendo y echando a perder las heredades por las que atravesaban los animales. Para evitar dicho daño, los oficiales del concejo debían establecer unas penas reunidos en ayuntamiento. Por otra parte, en en valle llamado Valdelaparra los pastos eran muy buenos para los "ganados del hero" (bueyes), con lo cual se debería vedar para los ganados menudos (ovejas y cabras). Los visitadores encomendaron al concejo de Hueva que discutiese y tomase una resolución sobre este asunto. Ante esta reducción del terreno donde podrían acudir a pastar con sus rebaños, los propietarios de ganado menudo solicitaron a los visitadores que se les reservara una parte de los cotos, "donde dizen el valle del Bembrillar, guardando las heredades hazia el lugar, e desde el dicho valle que pasen a Val de Rranera". Como los visitadores no tenían tiempo de detenerse a ver estos términos, encargaron al concejo de Hueva decidir en ello. No acababan aquí los problemas, pues muchos que tenían puercos los dejaban sueltos por baldíos, barbechos e incluso sembrados. Los dueños de las fincas afectadas solicitaron permiso para matar a cuantos cerdos encontrasen en sus tierras. Los visitadores, más comedidos que los enojados labradores, les dieron la razón, ordenándose que todos los cerdos estuvieran encerrados, y si se encontraba alguno hozando libremente "en baldíos, por los panes y heredamientos agenos haziendo daño", su propietario tendría de pena si ocurría de día dos reales, y de noche el doble, la mitad para el concejo y la mitad para el denunciante, a quien habría de tomarse juramento, y anotarse las penas impuestas en un libro[26]. Viendo estos testimonios no podemos dejar de pensar que debían existir diferencias entre agricultores y ganaderos. Como ya sabemos, los cultivos primordiales, cereal, viña y olivo, irían avanzando a lo largo del siglo, en detrimento de las actividades tradicionales de la ganadería. En el conflicto entre el agricultor y el pastor, sería el agricultor el vencedor.


[26] A.H.N, OO.MM., leg. 6112, nº 15.

 
 


1552

Hontoba

En el acta de la visita de esta villa hemos encontrado noticias de un pleito entre esta villa y Pastrana, a causa del ganado. Desde hacía años, era costumbre el que los ganados de ambas villas pudieran pacer en los términos de cada una, ya que ambos colindaban. Pastrana había quebrantado la comunidad de pastos, prendiendo los ganados de los vecinos de Hontoba que pacían en sus términos, por lo cual ambas villas se encontraban en pleito, pendiente de la sentencia que dictara la Chancillería de Valladolid. [28]. Podemos deducir por las palabras de los visitadores que este uso era mucho más favorable a la villa de Hontoba que a la de Pastrana, motivo que dio lugar a la demanda judicial, de mal pronóstico para los intereses de Hontoba. Los visitadores encomendaron a los alcaldes y regidores que siguieran el desarrollo del juicio con atención, en provecho de su vecinos. La situación señorial de Pastrana, que había pasado de la Orden de Calatrava a doña Ana de la Cerda en 1541, añadía un componente nuevo en el litigio, al ser los dos pueblos de distintas jurisdicciones.


[28] A.H.N, OO.MM. ,leg. 6112, nº 7, s.f.