Las Visitas

Definición y normativa
 

Los conflictos con la diócesis de Toledo
 

1534
Albares

También se prohibía a los vasallos de Calatrava que en la firma de contratos y escrituras renunciasen expresamente a sus propios fueros y se obligaban con clérigos y se sometían a la jurisdicción eclesiástica, siguiéndose con ello vejaciones, molestias y excomuniones. Se ordenó que los alcaldes de los pueblos de la Orden, conociendo tales casos, procedieran de oficio contra tales renuncias, pues no sólo iban en perjuicio de las personas que disfrutaban de la jurisdicción exenta de la Orden, sino en contra de los privilegios de Calatrava[1].

 
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Los libros de visita como fuente documental