El aprovechamiento de los términos

Guardas y penas
 
 

1510
Escariche

Los problemas sobre deslindes de fincas, establecimientos de las regueras y los caminos de acceso y la permanente recomendación de que se cercasen los huertos para evitar los daños que producía el ganado en los cultivos aparecen de nuevo en la visita efectuada en 1510 [47]

 
 

1541
Escariche

Como en Escariche las multas de los que entraban con cabras y ovejas a comer en las dehesas del Monte Llano y Mesegar eran inferiores a las aplicadas por motivos similaresen otras localidades, se producían perjuicios especialemente en el Monte Llano, por ser dehesa boyal donde el ganado menudo no estaba autorizado a pasar en ningún tiempo y porque ya tenía este tipo de ganado reservados los rastrojos, una vez concluida la siembra, y el paso a la dehesa del Mesegar, siempre que no se estuviera realizando el esquilmo de la bellota. Los visitadores rápidamente se encargaron de equiparar las multas a razón de 100 maravedíes por cada "manada de sesenta cabeças arriba" si el pastor era sorprendido de día, y 200 de noche, y cuando el rebaño fuera menor, un maravedí por cabeza de día, y dos de noche, sin hacer entre los culpables si fueran o no vecinos de Escariche. Estos mismos criterios se aplicarían a las frecuentes entradas de cabras y ovejas en los cañamares, huertos, alamedas y otros plantíos de árboles que se se efectuaban entre "la ponteçuela camino de Çorita hasta do dizen la Fuensanta"[36].

 
 

1541
Escariche

Los arroyos de la vega necesitaban limpieza, porque los visitadores los encontraron "muy çiegos, de tal manera que el agua no puede pasar libremente por ellos y se derrama por munchas partes, de cuya cavsa las tierras se aguan y se pierden"[17].

 
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El riego