Propiedades y establecimientos concejiles

Los molinos o aceñas

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1499
Berninches

Tenía un molino harinero que necesitaba una muela corredera y retejar su cubierta[127].

 
 

1499
Berninches

En el molino de aceite era necesario añadir una caldera más, aparte de las tres que ya tenía, para garantizar su nivel de producción[127].

 
 

1518
Berninches

Al visitar las cuentas del concejo en 1518, se anotó la producción que se había derivado de la explotación del molino harinero, propiedad del concejo de Berninches. El receptor del concejo en 1517, Francisco Hernández de Pezuela, había recibido 151 fanegas y 9 celemines de trigo, de ellas 48 fanegas, 8 celemines y un cuartillo del alcance de las cuentas del año anterior 1516, 2 fanegas, medio celemín y un cuartillo del alguacil Juan Dorado, y una fanega que entregó el molinero al concejo para "adobar los hierros del dicho molino". El resto, 102 fanegas, un celemín y un cuartillo fue lo que rindió el molino en 1517 de las maquilas. El concejo gastaba en tres caridades 27,5 fanegas de trigo anualmente, en total 64 fanegas y 6 celemines. La vigilancia del estado de los molinos era una preocupación constante de los visitadores, que en ocasiones parecían ingenieros o arquitectos por las recomendaciones y sugerencias que dictaban a los pueblos en sus mandamientos, como se observa en el caso del molino harinero de Berninches: "Otrosý, vysytamos el molino harinero que la villa tiene a çenso de la Horden, el qual fallamos que tiene neçesiydad de fazerse luego vn rrodezno de nuevo, porque el que tiene no vale nada, y está ya de muchas vezes rremendado e podrido, que no vale nada; e ansymismo fallamos el cubo del dicho molino podrido e de manera que no tiene ningúnd rremedio; por tanto, de partes de sus Alteza e Horden vos mandamos a vos, los alcaldes e rregidores que agora soys que dentro deste año de vuestros ofiçios fagáys fazer el dicho rrodezno de nuevo, y el dicho cubo le fagáys fazer de cal y canto, a vysta de muy buenos maestros que traygáys para ello, en la parte que les paresçiere que es mejor, porque haziéndose de cal y canto será perpetuo, y syendo de madera como agora le teníades cada día hera menester rreparo, y es menos costa hazelle de cal y canto, que no de madera; e ansý lo platicamos con vosotros en vuestro ayuntamiento donde estava la mayor parte del pueblo, y paresçió ser ansý más vtilidad de la villa que el dicho cubo fuese como dicho es de cal y canto; e asnsymesmo fallamos que el caz del dicho molino tiene neçesydad de se rreparar en algunas partes fazia la villa, espeçialmente vna quebrada que tiene en el yesal hazia la villa, e ansy aquello como en todas las otras partes donde vbiere neçesydad, fasta la presa, lo fazed proueer luego, pues es cosa tan prouechosa a vosotros, pues pagáys çenso perpetuo e no tenéys otro molino, syno este, y en cada vn año fazed linpiar el caz vna vez cada vn año, porque desta manera será aprouechado el molino, e los vezinos de la villa no rreçiban daño en sus heredades, lo quel todo que dicho es daréys conplido e acabado dentro del dicho tienpo, so pena de cada çinco mill marauedís cada vno de vos los dichos ofiçiales que agora soys para las obras públicas de la dicha villa, e no lo conpliendo ansy mandamos a los ofiçiales que suçedieren en los dichos ofiçios después de vos, que a vuestra costa fagan fazer todo lo suso dicho, y executen todas la penas suso dichas en vuestra personas e bienes, con apreçibimiento que no lo faziendo ansý, ayan ellos la pena doblada para las dichas obras e rreparos." "Otrosý, fuimos ynformados que desde la presa de la pontezilla fasta el molino terrín que ay neçesydad de se ahondar el caz del dicho molino, ansý para que no se pierda el agua, como para que las tierras de los vezinos no rreçiban el daño que dizen que rreçiben, por tanto, pues es tanta la vtilidad del molino e de los vezinos de la villa, de parte de su Alteza e Horden vos mandamos so pena de cada quinientos marauedís de aquí a en fin de mayo hagáys hahondar el dicho caz o rrío en la parte que dicho es, según tenéys de costumbre, e sy ansý no lo cumpliéredes, los ofiçiales que después de vos suçedieren lo fagan e cunplan a vuestra costa e executen la dicha pena, la qual aplicamos a las dichas obras públicas e no la executando la ayan e paguen doblada los dichos nuevos ofiçiales" [127].

 
 

1518
Berninches

Se había ordenado comprar un olmo al vecino Pedro Ruiz para hacer con él una viga que se necesitaba en el molino de aceite, lo que no había llegado a cumplir. Además de reiterar estas orden, los visitadores recomiendad reparar y enlucir las pilillas donde se echaban las olivas, que estaban maltratadas. También había que reparar una pared junto a las canales por donde accedía el agua al molino, y trastejar el tejado y colocarle aleros de madera[127].

 
 

1557
Berninches

El molino de aceite del concejo contaba con tres ruedas, sus vigas y calderas, "muy bueno y bien rreparado"[127].

 
 

1557
Berninches

En el molino harinero se observó lo deteriorada que estaba la muela corredera, y se ordenó su inmediata sustitución. Además, los oficiales del concejo informaron que el molino era antiguamente de cubo, y se sustituyó por otro de canal, cuya producción había descendido a la mitad, con gran pérdida para el muinicipio. Los visitadores recomendaron que se volviera a rehacer el cubo durante el tiempo del mandato de los oficiales, bajo pena de 2.000 maravedíes. Además se ordenó reparar la escalera por la que se accedía a la tolva, y bajar los pesebres que estaban en la parte de aqbajo, en las caballerizas, porque estaban muy altos, "de manera que las bestias puedan comer en ellos"[127].

 
 

2000
Berninches

Restos del molino harinero.

 
         
Los hornos La carnicería y el matadero