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(2024, Abril ) HistAnMeDer, noticias de Historia Antigua, Medieval y del Derecho
3. Varia

[BULK] Declaración como BIC del Poblado de Zamarrillas (Cáceres) (IUSTEL)



Decreto 26/2024, de 26 de marzo, por el que se declara Bien de Interés
Cultural el "Poblado de Zamarrillas", en el término municipal de Cáceres,
con la categoría de Sitio Histórico (DOE de 2 de abril de 2024). Texto
completo.


DECRETO 26/2024, DE 26 DE MARZO, POR EL QUE SE DECLARA BIEN DE INTERÉS
CULTURAL EL "POBLADO DE ZAMARRILLAS", EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CÁCERES,
CON LA CATEGORÍA DE SITIO HISTÓRICO.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva,
en su artículo 9.1.47, la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones, así
como el Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad
Autónoma.

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo
<https://www.iustel.com/v2/l.gif> , de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura, que regula la competencia y el procedimiento para llevar a cabo
la declaración de Bien de Interés Cultural.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1
<https://www.iustel.com/v2/l.gif> de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, los
bienes más relevantes del patrimonio histórico y cultural extremeño deberán
ser declarados de interés cultural de la forma que el propio artículo
detalla. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la
citada ley.

El artículo 6.1 <https://www.iustel.com/v2/l.gif> de la Ley 2/1999, de 29
de marzo, al establecer la clasificación de los bienes inmuebles que pueden
ser declarados de interés cultural, define en su letra d), como Sitio
Histórico, El lugar o paraje natural donde se produce una agrupación de
bienes inmuebles que forman parte de una unidad coherente por razones
históricas, culturales o de la naturaleza vinculadas a acontecimientos,
recuerdos del pasado o manifestaciones populares de las raíces culturales de
una comunidad que posean valores históricos o técnicos.

A tales efectos, ha de significarse que el Poblado de Zamarrillas constituye
una privilegiada muestra de Poblado medieval que ha llegado a nuestros días
en un aceptable estado de conservación, y que resulta esencial por tanto
para comprender los procesos históricos de repoblación y explotación de la
tierra y un ejemplo de heredamiento-Poblado medieval y moderno único en su
género.

El artículo 8.1 <https://www.iustel.com/v2/l.gif> de la Ley 2/1999, de 29
de marzo, determina que es necesaria una descripción clara y precisa del
bien o bienes que permita su identificación, con sus pertenencias y
accesorios, así como la delimitación del entorno necesario para la adecuada
protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará
constituida por el espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien
y cuya alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al
estudio del mismo.

Por ello, se procedió a dictar Resolución de 27 de febrero de 2023, de la
Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente de
declaración de Bien de Interés Cultural, a favor del Poblado de Zamarrillas,
en el término municipal de Cáceres, con la categoría de Sitio Histórico. La
resolución fue publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 47, de 9
de marzo de 2023, y en el Boletín Oficial del Estado número 80, de 4 de
abril de 2023.

De la misma forma, se procedió a su comunicación al Registro de Bienes de
Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, donde aparece inscrito
con el código de anotación preventiva 30536.

Dando cumplimiento a lo previsto en la resolución de incoación, se procedió
a practicar la notificación a las personas interesadas en el procedimiento,
así como al Ayuntamiento de Cáceres, constando en el expediente las
correspondientes acreditaciones de aquellas que han sido recibidas por los
destinatarios.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre
<https://www.iustel.com/v2/l.gif> , del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de marzo
<https://www.iustel.com/v2/l.gif> , de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación en el Boletín
Oficial del Estado número 143, de 16 de junio de 2023, a las personas
interesadas en el procedimiento que, por distintas causas, no recibieron las
mismas en los domicilios conocidos.

Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a
que se refiere el artículo 4.1 <https://www.iustel.com/v2/l.gif> de Ley
2/1999, de 29 de marzo, siendo ambos favorables. Igualmente, se ha obtenido
el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del
Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1
<https://www.iustel.com/v2/l.gif> de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera
de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, y previa deliberación del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 26 de
marzo de 2024,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración.

Declarar Bien de Interés Cultural el Poblado de Zamarrillas, en el término
municipal de Cáceres, con la categoría de Sitio Histórico, de acuerdo con
las especificaciones de los anexos que se acompañan.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del
Estado el presente decreto, y notificar el mismo a los interesados y al
Ayuntamiento de Cáceres.

Artículo 3. Inscripción registral.

Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura, para su inscripción
definitiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.

Anexo

Omitido.

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Saludos cordiales
Pedro Andrés Porras Arboledas
Moderador de la lista der-histanmeder-l
Historia e Historia del Derecho
Universidad Complutense de Madrid
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formato actualizado 10/10/2014

 
 
 

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